Jornada sobre subvenciones a comunidades de propietarios.

11/19/2015 1:04:39 PM

¿Cómo se solicitan las subvenciones?
Se solicitarán telemáticamente en la aplicación AYAE, que se encuentra en la Sede electrónica de la página web de la Administración de la CCAA de Castilla y León (www.jcyl.es)

¿Qué requisitos tiene que tener el instalador para poder solicitar la subvención en nombre de la comunidad de propietarios?
Deberá contar con la nota de encargo firmada entre el instalador y el representante de la comunidad de propietarios y estar inscrito en el Registro de Instaladores Ahorro Energético Sector Edificación y Energías Renovables, con sus datos actualizados. Todo ello sin perjuicio de las obligaciones reglamentarias que le habiliten como instalador autorizado.

¿Por qué se excluyen de las subvenciones a los edificios fianlizados con anterioridad a 1 de enero de 1981?
Para evitar el solapamiento con las líneas de ayuda del Plan estatal de Vivienda en Castilla y León, que gestiona la Consejería de Fomento. La elección de la fecha que limita unas u otras ayudas se corresponde con la entrada en vigor de la primera normativa sobre  eficiencia energética.

¿Por qué es necesaria la realización del Certificado energético antes y después de la actuación en ahorro energético?
Es una forma objetiva de mostrar el ahorro energético que conlleva dicha actuación mediante la comparación de la calificación energética del edificio antes y después de la mencionada actuación. Además, es una obligación impuesta por la normativa FEDER.

¿Para qué actuaciones se debe realizar el Certificado energético previamente a la actuación y su actualización posterior?
Para todas las actividades subvencionables relacionadas con ahorro y eficiencia energética. Para las actuaciones en energías renovables también será necesario, si bien, en el caso de nueva construcción, evidentemente, el certificado sólo podrá ser solicitado con posterioridad a la instalación.

¿Es necesario hacer un nuevo certificado después de la actuación?
No, se debe entender como una actualización del certificado previo. Esta actualización no implica el pago de una nueva tasa administrativa.

¿Cuáles son los plazos para llevar a cabo los certificados energéticos?
Antes de la actuación es necesaria la resolución del certificado por parte del órgano competente. En cuanto a la actualización, se considerará en plazo justificativo de la actuación el registro telemático del certificado.

¿El Certificado energético se debe realizar aun en el caso de actuaciones únicamente destinadas a mejorar la eficiencia energética en la iluminación interior?
En efecto, el certificado energético debe realizarse en todo caso, según lo establecido en la normativa FEDER.

¿Por qué no se incluyen las mejoras de la envolvente de los edificios en estas subvenciones?
Las mejoras en la envolvente de los edificios fueron objeto de subvención en años anteriores. Dentro del Programa Operativo FEDER 2014-2020, el crédito es limitado por lo que en aras de una racionalización de las actuaciones subvencionables y mejor distribución de los fondos, se han excluido las actuaciones en las envolventes de los edificios teniendo en cuenta que las dichas actuaciones conllevarían proyectos muy costosos al ser los beneficiarios de las subvenciones las comunidades de propietarios.

¿Pueden ser compatibles estas subvenciones con otras?
Es obligatorio declarar las ayudas que concurran según la Ley General de Subvenciones, sin embargo, las ayudas no serán declaradas incompatibles por parte de la Dirección General de Energía y Minas, en principio. Todo ello con la salvedad de lo dispuesto en la citada Ley en la que se recoge que nunca se puede subvencionar más del coste de la actuación, lo cual implicaría reingreso y sanción.

¿Cuál es la previsión de tiempo que transcurrirá entre la convocatoria y la fecha tope para la presentación de las solicitudes?
Se prevé que la convocatoria de subvenciones se produzca a finales de 2015 y que el plazo para la presentación de solicitudes finalice durante el mes de febrero de 2016.

¿Cuándo deben finalizar las actuaciones?
Las actuaciones pueden haber comenzado con anterioridad a la solicitud pero su finalización debe ser siempre posterior a esta. El plazo para la finalización de la actuación y presentación de la documentación justificativa se establecerá en la convocatoria pero teniendo en cuenta las fechas de cierre del ejercicio económico anual, este plazo finalizará entre los meses de septiembre y octubre.

¿Cuál es el plazo previsto para saber si se ha otorgado una subvención?
La Ley General de Subvenciones establece un plazo de 6 meses para resolver las solicitudes y resolver la concesión de subvención, sin embargo, se estima que en el mes de mayo se hayan resuelto todos los expedientes, teniendo en cuenta que la convocatoria de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

¿Cuál es el plazo previsto para hacer el pago para pagar las subvenciones?
Teniendo en cuenta el plazo de finalización de las solicitudes y el de presentación de la documentación justificativa de la actuación, la realización del pago se prevé antes del cierre del ejercicio económico que suele producirse entre noviembre y diciembre. Sin embargo, la documentación justificativa se podrá presentar en cuanto se haya realizado la actuación, recomendándose que se evite agotar el plazo límite, lo cual implicará, evidentemente, el cobro más cercano en el tiempo con la actuación realizada.

¿Es subvencionable la descentralización de calderas?
La descentralización, en principio, no es subvencionable ya que, de forma general, implica un menor ahorro energético por simple aplicación del principio de economía de escala. Aparte de esto, el sujeto de la subvención en este caso serían personas físicas (cada vecino) y no comunidades de propietarios, que serán los beneficiarios de esta subvención, sin embargo, si la actuación afecta a los servicios y elementos comunes de la instalación tales como grupo de presión, depósito, distribución, podría considerarse si se acredita el ahorro en para la referida comunidad respecto a dichos servicios.

¿Es subvencionable la descentralización de contadores?
La Directiva 2012/27/UE, recoge que será obligatoria la descentralización de contadores y los sistemas de reparto de gastos correspondientes a los servicios de calor, frío o ACS. Esta directiva ha sido traspuesta parcialmente mediante el Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio y se está a la espera de su total trasposición al la normativa española. Por lo tanto, se va a producir una obligación reglamentaria que, en ningún caso, puede ser subvencionable, según establece la Ley General de Subvenciones. Por otra parte, la simple descentralización de los contadores no implica un ahorro y eficiencia energética de manera objetiva.

¿Es subvencionable el coste de un proyecto de instalación térmica que supera los 70 kW de potencia térmica nominal?
La obligatoriedad de realizar un proyecto para instalaciones térmicas de potencia nominal térmica superior a 70 kW viene recogida en Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. Por lo tanto, en atención a lo establecido en la Ley General de Subvenciones, el coste del proyecto no puede ser subvencionable al ser una obligación reglamentaria.

¿Es subvencionable el cambio de un ascensor? No, en relación con los sistemas de trasporte de personas en edificación, estas subvenciones tienen por objeto el fomento del ahorro energético, por lo que sólo serán subvencionable dentro de un cambio integral del ascensor, el gasto de sustitución de los equipos que conlleven dicho ahorro.

¿Es subvencionable cualquier actuación consistente en la implantación de paneles solares?
No, sólo aquellas actuaciones que excedan las obligaciones reglamentarias, ya que estas no pueden ser subvencionables según se establece en la Ley General de Subvenciones. En este caso, sería de aplicación el vigente Código Técnico de la Edificación, por lo que serían subvencionables aquellas actuaciones que excedieran a lo que dicha normativa obliga en cuanto a la contribución solar mínima de agua caliente sanitaria y a la contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica.

¿Es subvencionable la Aerotermia como energía renovable?
La aerotermia es el sistema que se ve más afectado por la temperatura exterior. El clima de carácter continental de Castilla y León hace que no se pueda considerar como renovable para la región por lo que, previsiblemente, se excluirá de la convocatoria de ayudas. Sin embargo, podrían considerarse actuaciones en aerotermia en la línea del fomento del ahorro energético, especialmente como apoyo a otras actuaciones. En todo caso, se determinará expresamente en la convocatoria de subvenciones.